martes, 19 de febrero de 2008

Bolsa de empleo para personas con discapacidad.


Según el artículo 59.1 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del empleado público “En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad”. No en vano, añade que “de modo que progresivamente se alcance el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública”.
Tras el concurso-oposición realizado en el año 2006 se creó en nuestro Ayuntamiento una bolsa de empleo para personas con discapacidad y otra para personas sin discapacidad. Según las bases de dicha oposición “se constituirá una bolsa de trabajo para cubrir las vacantes temporales que se produzcan. El orden de inclusión en la bolsa de trabajo será el que resulte de la puntuación obtenida, sumadas la fase de concurso y la de oposición y deberá haberse aprobado, al menos, el primer ejercicio para estar incluido en la misma”. Pero no se constituyó una sino dos bolsas de empleo, una para personas con discapacidad y otra para no discapacitados. La forma en que se trata a las personas incluidas en dichas bolsas resulta discriminatoria respecto de las personas con discapacidad. Cada vez que queda libre, ya sea por maternidad de una trabajadora o por el motivo que fuere, se acude a la bolsa de empleo de las personas sin discapacidad.
¿No sería más justo acudir a las notas finales del mencionado concurso-oposición, sin atender al hecho de que sean o no personas con discapacidad los miembros de dichas bolsas? Es algo lógico, pues es lo que se deduce de las bases de la convocatoria publicadas el 21 de junio de 2004 en el B.O.C.M..
Sí, así es, una persona con mejor nota en el citado proceso de selección, “pero” de la bolsa de empleo de personas con discapacidad, no obtiene una plaza sino que se la dan “al que toque”, al siguiente de la bolsa de no discapacitados.
¿Cómo entender esta discriminación? Desde CCOO no la entendemos, desde el momento que no se ha pedido un temario distinto en el proceso de selección a las personas con discapacidad que a los no discapacitados. Si el temario es el mismo, las notas finales deben ser equiparables.
No vamos a defender, a pesar de que éticamente es fácilmente admisible, que sean los miembros de la bolsa con discapacidad a los que primero se les den las plazas que vayan quedando libres, en razón a la mayor dificultad de estas personas para su integración en la vida laboral, pero sí, que al menos, se atengan a criterios objetivos a la hora de asignar plazas que vayan quedando libres. El que nosotros proponemos es el de las notas finales que, casualmente, coincide con el de las bases de la convocatoria.
No es casualidad que esta reflexión se haga en estas fechas. Lo que pretendemos es que en el próximo proceso de selección de personal, se lleve a cabo un criterio más justo que permita a las personas con discapacidad tener, al menos, la misma esperanza de obtener un puesto que a las personas sin discapacidad.
Y como colofón a todo lo expuesto y, si los lectores me lo permiten, desearía mencionar la definición que el diccionario de La Real Academia de La Lengua Española hace de dos vocablos que al colectivo de las personas con discapacidad nos interesan mucho recalcar al resto de los ciudadanos. Estos son: INTEGRACIÓN= acción y efecto de integrar; e INTEGRAR= introducir en un mismo conjunto las partes que entran en la composición de un todo. Componer un todo con sus partes integrantes.
Estamos completamente convencidos de que para llevar a cabo la práctica del cumplimiento de estos vocablos debemos entender, ante todo, que en esas partes todos y cada uno de nosotros estamos incluidos, y de que ese “todo” es, en definitiva, el conjunto de todo la sociedad y de todos y cada uno de los individuos que, obligatoriamente, tenemos el derecho de formar parte de ella.
Por lo tanto, todos tenemos derecho a participar de las mismas prerrogativas y también de las mismas obligaciones así como a desempañar un puesto de trabajo que nos permita integrarnos en la sociedad de una forma activa.
¿Podremos llegar a conseguir todo esto si los poderes públicos no comienzan de una vez por todas a cambiar su forma de plantear, por ejemplo, los procesos de selección?
Quizás así todos podríamos disfrutar de los mismos derechos que por ley nos corresponden y terminar definitivamente con la discriminación.

1 comentario:

Anónimo dijo...

os leo y veo que sois un SINDICATO, y por ello os sigo leyendo